MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
INSTITUCION EDUCATIVA LORENZO YALI
MANUAL DE CONVIVENCIA
INTRODUCCIÓN
La educación en la actualidad es considerada como un proceso permanente que contribuye al desarrollo individual y social de la persona y al mejoramiento de la sociedad en su conjunto.
El ser humano mediante la educación tiene la oportunidad de transformarse y de participar en la transformación de la sociedad en que vive.
La educación favorece el crecimiento integral del individuo, preparándolo para desempeñar un papel activo con su comunidad, para que vivan normalmente en su presente y futuro.
Se requiere una educación para aprender a pensar por sí mismo, para ejercer la libertad y la cooperación; para analizar con conciencia crítica los problemas que vivimos y buscar alternativas de solución, para participar democráticamente en la toma de decisiones de la familia o de la comunidad; además debe saber amar, respetar y cuidar la naturaleza, ya que éste es el medio donde vive y de igual manera con su integridad personal y los seres vivos que les rodean.
A partir de lo anterior, en forma permanente ha sido nuestra preocupación establecer el manual de convivencia, acorde con los lineamientos de una educación moderna, cientifica y humana.
FILOSOFIA DE LA INSTITUCION
Una institución educativa comprometida con el bienestar de nuestra comunidad, en la cual se forman personas líderes, competentes y creativas que pretendan contribuir al mejoramiento de la realidad nacional.
MISIÓN DE LA INSTITUCIÓN.
Formar humana e integralmente a los educandos, promoviendo sus valores dentro de la sociedad a partir de una educación liberadora, convirtiéndolos en actores de su propio desarrollo, para que sean ciudadanos que asuman una actitud crítica y comprometida ante la sociedad, logrando articular escuela y vida, bajo la orientación académica.
VISIÓN DE LA INSTITUCIÓN.
En el año 2015 La Institución Educativa Lorenzo Yalí, estará integrada al progreso del nordeste Antioqueño, formando ciudadanos íntegros, incluyentes y prolíferos en valores éticos y morales, que lidere proyectos en pro del desarrollo, buscando soluciones a las necesidades de la institución para beneficio de la comunidad y la sociedad, bajo el lema Ciencia, Unión y Trabajo.
MARCO CONCEPTUAL
El propósito de la educación colombiana, es educar para la convivencia social y la constitución de una cultura democrática; trabajar en éste sentido significa, crear en la comunidad educativa formas de pensar, sentir y actuar que conduzcan a la formación de una esencia social.
En La Institución Educativa Lorenzo Yalí, para responder a éste propósito es necesario la elaboración de un manual de convivencia que concretice los acuerdos entre los diferentes estamentos educativos para regular el comportamiento humano, que asegure las relaciones dentro y fuera de la institución.
El manual de convivencia se sustenta en los siguientes parámetros legales: La Constitución Política de Colombia de 1.991; esta obliga a incorporar los principios fundamentales de las relaciones cotidianas, con el fin de fortalecer la unidad de la nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, participativo que garantice un orden político, económico, social y justo, comprometido a impulsar la integración de la comunidad, Preámbulo de la constitución Política Colombiana.
Para la elaboración del Manual de Convivencia se tiene en cuenta los siguientes artículos de la constitución: 41, 42, 43, 44, 45, 67, 68, 73, 78, 79, 80, 82, 85; estos hacen referencia a los derechos y deberes individuales y colectivos, que rigen las relaciones sociales, económicas, culturales y ambientales entre los miembros de la sociedad.
ASPECTO LEGAL.
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Ley General De La Educación.
La ley general de la Educación, estipula la educación proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concesión integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes.
Como soporte para diseñar el manual de convivencia y estructurar el gobierno escolar, son relevantes los artículos 87, 91, 93, 94, 142, 143, 144, 145.
Decreto 1860 del 3 agosto de 1994.
Esta legislación reglamenta la ley 115/94; especificando y concretando aspectos para la prestación del servicio educativo, su planteamiento, organización, evaluación y la conformación del gobierno escolar participativo y democrático.
Ley 1098 del 8 de noviembre del 2006, en su artículo 42. Establece las OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS, las para cumplir con su misión tendrán entre otras las siguientes obligaciones:
1. Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia.
2. Brindar una educación pertinente y de calidad.
3. Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa.
4. Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo.
5. Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa.
6. Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica.
7. Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin.
8. Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de lo niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica.
9. Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura.
La Prevención De La Drogadicción.
Se fundamenta en el decreto Nro. 1108 del 31 de mayo de 1994. Esta legislación responsabiliza a la Secretaría de Educación de cada unidad territorial para desarrollar programas preventivos de la drogadicción y otros programas por las instituciones educativas privadas y oficiales de todos los tipos y niveles para construir y fortalecer organizaciones creativas y estudiantiles con el fin de apoyar y desarrollar los programas diseñados por la secretaría correspondiente para prevenir la drogadicción.
En Relación Con El Código Educativo.
Para efectos de los fines educativos, se prohíbe en todos los estamentos educativos del país estatales y privados el porte y consumo de estupefacientes y sustancias sicotròpicas.
Es obligación de los directivos que detecten casos de tenencias o consumos de estupefacientes informar de ello a la autoridad del establecimiento educativo: Tratándose de un menor deberá comunicarse tal situación a los padres y al defensor de familia, y se procederá a decomiso de tales sustancias.
Las directivas y los docentes que detecten entre sus educandos casos de tenencia, tráfico y consumo de sustancias que produzcan dependencia, están obligadas a informar a los padres y al defensor de familia para que adopten las medidas de protección correspondiente. El incumplimiento de esta sanción será en forma prevista en el código educativo y en el estatuto docente según el caso.
Todo establecimiento educativo, estatal o privado debe incluir en el PEI procesos de prevención integral.
En los niveles de educación básica, media, programas de educación superior y no formal se adelantaran procesos de formación integral y se programará información sobre los riesgos de
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la fármaco-dependencia, de acuerdo a los lineamientos que para tal efecto determine el MEN, en coordinación con la dirección nacional de estupefaciente.
Como principal estrategia se promoverá el proceso de participación y organización de la comunidad educativa.
CAPITULO 1.
PROPOSITOS GENERALES Y OBJETIVOS
PRINCIPIOS INSTITUCIONALES
Los principios fundamentales con los cuales se rige la institución son:
Una educación innovadora democrática y participativa.
Una educación integral que busque el respeto, la solidaridad y la dignidad humana.
Una educación que fomente el amor por su región y la conservación del medio ambiente.
Una educación que facilite el desarrollo científico y económico de la región.
Una educación que oriente deportivamente y cultural al educando, para que contribuya al buen desarrollo de la región.
La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene en la prevención integral de problemas socialmente relevantes.
La promoción y capacitación de la persona para crear, investigar y adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo.
A un desarrollo humano integral, donde el joven o el adulto, independientemente del nivel educativo alcanzado o de otros factores como edad, género, raza, ideología o condiciones personales, es un ser en permanente evolución y perfeccionamiento dotado de capacidades y potencialidades que lo habilitan como sujeto activo y participante de su proceso educativo, con aspiración permanente al mejoramiento de su calidad de vida.
A la pertinencia, donde el joven o el adulto se reconoce que tiene conocimientos, saberes, habilidades y prácticas, que deben valorarse e incorporarse en el desarrollo de su proceso formativo.
A la flexibilidad, donde las condiciones pedagógicas y administrativas que se establezcan deberán atender al desarrollo físico y psicológico del joven o el adulto así como a las características de su medio cultural, social y laboral.
A la participación, donde el proceso formativo de los jóvenes y los adultos debe desarrollar su autonomía y sentido de la responsabilidad que les permita actuar creativamente en las transformaciones económicas, sociales, políticas, científicas y culturales, y ser participes de las mismas.
Articulo 1. POLÍTICAS EDUCATIVAS INSTITUCIONALES.
 La participación de toda la comunidad educativa en los distintos programas que se lleven a cabo a nivel institucional y municipal.
 La concertación en la toma de decisiones que vayan en beneficio de la institución.
 La responsabilidad y el cumplimiento de las labores educativas tanto del personal docente como discente.
 Una administración de puertas abiertas al diálogo y a las sugerencias.
 Una administración que brinde la oportunidad a los jóvenes de la zonas urbana, rural y marginadas para que puedan continuar sus estudios académicos en la institución.
 Una Institución dedicada a dar un conocimiento real del medio ambiente en el cual opera.
 Una planeación adecuada y ejecución exitosa de las relaciones con el medio ambiente y sus participantes.
 Una estructura interna flexible con condiciones para hacer ajustes a nivel del medio ambiente y entre sus participantes.
Artículo 2. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA.
a. Objetivos Generales
- Propiciar un ambiente de convivencia entre alumnos, profesores y padres de familia, que tiendan a favorecer el desarrollo de la personalidad del alumno y a prepararlo para una vida adulta activa, inculcándole el respeto por los derechos humanos, los valores culturales y el cuidado del medio ambiente natural, con espíritu de paz, tolerancia y solidaridad.
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- Propiciar tanto en la familia como en la institución una participación activa en la formación individual y social de los hombres dentro de los principios de autonomía, convivencia pacifica y reconocimiento de sus capacidades, valores, actitudes e intereses como seres biopsicosociales.
- Hacer cumplir los deberes y derechos del alumno, que le confiere la Nueva Carta Política del País, el Código del Menor, Decreto 2737 de 1989, circular 19 de mazo de 1994, y fomentar en toda la institución educativa, prácticas de los principios y valores de la participación ciudadana.
b. Objetivos Específicos.
- Facilitar la convivencia de los miembros de la comunidad educativa.
- Contribuir al desarrollo equilibrado del individuo y de la sociedad sobre la base del respeto por la vida y por los derechos humanos.
- Fomentar el desarrollo de aptitudes y hábitos permanente de la superación que notemos en la persona a continuar la educación a través de su vida.
- Estimular la formación de aptitud y hábito que faciliten la conservación de la salud física y mental de la persona y al uso racional del tiempo.
- Formar personas libres, críticas, responsables y honestas, que empleen sus capacidades para cultivar la ciencia y buscar la libertad a través del cumplimiento de sus deberes y de sus derechos.
- Fomentar el trabajo creativo que favorece la buena utilización del tiempo libre.
CAPITULO 2.
NORMAS ACADEMICAS.
Artículo 3. INGRESO A LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Quien aspire ingresar a los grados que ofrece la institución puede hacerlo siempre y cuando llene los siguientes requisitos:
1. Inscripción previa al grado al cual aspira ingresar, teniéndose que presentar ante el rector con su acudiente, dando razones validas que manifiesten gusto y acogidas al manual de convivencia.
2. Certificado de aprobación de estudios y de comportamientos (fichas de seguimiento.)
3. Entrega de documentación requerida según lo establecido al recibir la notificación de aceptación.
4. Otras disposiciones de la institución.
La solicitud de inscripción de todos los aspirantes a la Institución para cualquiera de los grados, debe ser presentada ante el rector de acuerdo con la reglamentación de la institución, para cada uno de los casos debe ir en las fechas estipuladas.
 Es estudiante de La Institución Educativa Lorenzo Yalí la persona que posea matrícula vigente en cualquiera de los grados que ofrece la institución.
 La calidad de estudiante se adquiere mediante el acto voluntario de matrícula en el grado correspondiente y se termina o se pierde por las causales que señalan en el presente manual de convivencia.
Artículo 3. LA CALIDAD DE ESTUDIANTE SE TERMINA O PIERDE.
1. Cuando no se halla matriculado dentro de los plazos señalados por la institución en los grados correspondientes.
2. Cuando se halla perdido el derecho de permanencia en la institución por el incumplimiento de dichas normas aquí reglamentadas.
3. Cuando se halla cancelado voluntaria y reglamentariamente la matricula.
4. Exclusión de la institución por el consejo directivo.
5. Presentar documentos falsos o cometer fraude en el momento de la matrícula, o para resolver otras situaciones de la vida escolar.
6. Cuando por motivo grave de salud previo dictamen médico se considere inconveniente la permanencia del alumno en la institución.
7. Cuando se retira sin previo aviso de la institución, por su inasistencia reprueba el año lectivo.
8. Cuando no esta dentro de los rangos de edades para cada uno de los grados establecidos por la institución, siempre y
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cuando su conducta y/o disciplina se encuentren en concepto insuficiente o deficiente al finalizar el año lectivo.
PARAGRAFO: El rango de edades para ingresar a los diferentes grados no aplica para el programa de TELESECUNDARIA.
Artículo 4. MATRICULA Y REQUISITOS.
La matrícula es un acuerdo entre la institución, el padre de familia y el estudiante, por medio del cual la institución se compromete a darle una formación integral con base en los recursos disponibles y éste a mantener un buen rendimiento académico y a cumplir con los deberes establecidos en el manual de convivencia, creando un ambiente propicio para el desarrollo armónico de la institución y el cumplimiento de los objetivos de formación en el proceso de enseñanza- aprendizaje. Cualquiera de las partes puede darlo por terminadas en caso de algún incumplimiento total y parcial.
Para ingresar a los diferentes grados que ofrece la institución los estudiantes deben estar dentro de los siguientes rangos de edades: (Decreto 1860. Artículo 8º)
Preescolar: 5 - 6 años
Primero: 6 - 7 años
Segundo: 7 - 8 años
Tercero: 8 - 9 años
Cuarto: 9 - 10 años
Quinto: 10 -11 años
Sexto: 11 - 12 años
Séptimo: 12 - 13 años
Octavo: 14 - 15 años
Noveno: 16 - 17 años
Décimo: 17- 18 años
Once: 18 - 19 años
Artículo 5. REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA.
SECCIÓN PRIMARIA
1. Registro Civil
2. Fotocopia de Tarjeta de identidad.
3. Fotocopia de carné de Vacunas
4. Fotocopia del Sisben.
5. Boletín informativo del informe final del año anterior
6. Si viene de otra institución: – Presentar los certificados de los años cursados
SECCIÓN SECUNDARIA
SEXTO GRADO (POR PRIMERA VEZ)
1. Tarjeta de identidad.
2. Certificado 5º primaria.
3. Cuatro fotos
4. Hoja de vida de primaria
5. Afiliación al Sisben.
RENOVACIÓN DE MATRICULA O ALUMNOS REPITENTES
1. La solicitud Entregarla debidamente diligenciada.
2. Una foto
3. Boletín Informativo
4. Afiliación Sisben.
5. Boletín informativo del año cursado.
ALUMNOS DEL GRADO ONCE
1. la solicitud Entregar debidamente diligenciada de cupo de matricula
2. Dos fotos
3. Si ya cumplieron los 18 años deben hacer diligencias de cambio de documento.
4. Afiliación Sisben. .
5. Boletín informativo del año cursado.
ALUMNOS NUEVOS DE 7º A 11º
1. Fotocopia de la tarjeta de identidad.
2. La solicitud Entregar debidamente diligenciada del cupo de matricula
3. Certificado 5º primaria.
4. Certificado de los años cursados en el colegio anterior en membrete del plantel
5. Tres fotos
6. Fotocopia del documento de identidad
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7. Hoja de vida
8. Afiliación al Sisben.
Artículo 6. COMPROMISO DEL ESTUDIANTE AL MATRICULARSE.
Todo estudiante en el momento de firmar la matricula se compromete a:
1. Asistir puntualmente, para dar cumplimiento al horario correspondiente.
2. Disponer del tiempo necesario para cumplir debidamente con las tareas y demás obligaciones académicas y formativas que señale la institución.
3. Estar representado por un acudiente o tutor que pueda cumplir con los compromisos que le corresponden como tal.
4. Las partes, alumno, tutor e institución educativa se comprometen a cumplir con las disposiciones del MEN, el manual de convivencia, el código del menor, ley general de educación, Constitución Nacional y demás disposiciones legales vigentes relacionadas con la educación.
Artículo 7. UNIFORMES.
1. Uniforme de las Niñas y Señoritas:
El uniforme de la Institución eductiva presenta las siguientes características:
Blusa: Blanca de manga corta con botones blancos transparentes, sin bolsillos y dentro de la falda.
Yomber: De tela a cuadros granates y azules, rayas blancas, con una tabla adelante y atrás con tres prenses a cada lado, la altura de la falda es a nivel de la rodilla.
Medias: Blancas y media media.
Zapatos: Negros con cordón negros o mocasín.
2. Uniforme para los niños y jóvenes:
Camisa Blanca, manga corta con botones blancos transparentes, con uno o dos bolsillos y dentro del pantalón.
Pantalón con 3 pliegues azul oscuro (lino), con correa negra.
Medias azules o oscuras, no taloneras, que tape el tobillo.
Zapatos Negros.
Camiseta: Blanca de cuello , sin propagandas o avisos, a excepción del escudo de la Institución.
Sudadera azul oscuro, sin propaganda ni avisos.
Medias Blancas no taloneras, sin ningún tipo de adornos.
Tenis Negros.
Se autoriza el uso de cachucha, preferiblemente blanca, solamente para las clases de educación física.
3. El uniforme para la asignatura de técnicas agropecuarias es el mismo de educación física.
Todo estudiante deberá presentarse a la institución con su respectivo uniforme en caso de no hacerlo, debe presentar la excusa firmada por el acudiente, en la cual exprese los motivos por el cual no lo porta.
Artículo 8. SISTEMAS DE EVALUACIÓN.
LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
La evaluación de los estudiantes será de carácter formativo, continua, objetiva, integral, sistemática, flexible, interpretativa, equitativa, participativa, incluyente y generadora de transformaciones a partir de la valoración y el acompañamiento permanente a los estudiantes durante el proceso educativo entendiendo los aspectos que la involucran:
-La Autorregulación. Que propicia niveles de autorreflexión y autoevaluación en los estudiantes sobre su propio aprendizaje.
-La Significatividad y el sentido de realidad. Que da cuenta de las potencialidades de los estudiantes.
-Los Contextos y el valor de la diferencia. Que valora las diferencias y no contribuye a la homogenización, considerando los ritmos y estilos de aprendizaje.
- La Participación. La evaluación de los aprendizajes debe convocar y comprometer la participación de todos los actores de la comunidad educativa.
Por ello, en ese orden de ideas, dentro de los criterios para la construcción del sistema, deben tenerse en cuenta los siguientes aspectos:
1. Auto evaluación.
2. Coevaluación.
3. Heteroevaluación.
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Además, para que la evaluación sea continua, integral y permanente, se debe garantizar a los estudiantes la evaluación en el saber (cognitiva), saber hacer (procedimental) y ser (actitudinal).
CRITERIOS DE PROMOCIÓN:
Se entiende por promoción escolar el paso de un grado o nivel a otro o la obtención de un titulo como resultados de unos logros determinados de aprendizaje comprobados con el proceso de evaluación, en cada una de las áreas del plan de estudios contempladas en el PEI. Se considerarán para la repetición de un grado cualquiera los siguientes criterios:
a. No será promovido al grado siguiente el estudiante que al finalizar el año escolar, obtenga niveles de desempeño bajo, según las equivalencias institucionales en tres o más áreas del plan de estudio.
PARAGRAFO PRIMERO: La nota final del área será el resultado del promedio de las asignaturas que la conforman.
PARAGRAFO SEGUNDO: Para el área de Humanidades, conformada por Lengua Castellana e Idioma Extranjero, no se le aplica lo dispuesto en el parágrafo anterior, ya que serán evaluadas independientemente.
b. Los estudiantes que al finalizar el año académico reprueben dos áreas, recuperarán en la primera semana institucional y las dos primeras académicas del año siguiente. Mientras se define su promoción el estudiante deberá permanecer en el grado que venía cursando.
PARAGRAFO PRIMERO: Si transcurridas las dos primeras semanas de recuperaciones el estudiante aprueba las dos áreas, automáticamente será promovido al grado siguiente; en caso contrario debe repetir el grado.
PARAGRAFO SEGUNDO: Si transcurridas las dos primeras semanas de recuperaciones el estudiante aprueba solo una de las dos áreas, tendrá derecho de recuperar en la tercera semana de la que trata el literal b; si la reprueba continuará en el mismo grado.
PARAGRAFO TERCERO: Si al finalizar el año escolar un estudiante reprueba una asignatura y esta no le da el promedio para aprobar el área, debe recuperar la asignatura que perdió con un desempeño básico (3.00).
PARAGRAFO CUARTO: Los estudiantes que sin justa causa (enfermedad con prescripción médica y calamidad domestica) no se presenten a las actividades de recuperación reprueban el grado.
c. Los estudiantes que al finalizar el año académico reprueben un área, recuperarán en las mismas condiciones de las que trata los parágrafos uno y dos del presente literal.
d. No será promovido al grado siguiente el estudiante que haya dejado de asistir durante el año escolar al 25% en tres o más áreas, sin causa debidamente justificada.
e. La promoción de los estudiantes del nivel de preescolar se rige por lo establecido en el decreto 2247 de 1997 en su artículo 10°.
f. Los estudiantes con barreras en el aprendizaje obtendrán en el grado noveno y once un certificado de promoción social.
ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.
La escala para mostrar el rendimiento académico de los estudiantes esta dada en los siguientes términos:
DESEMPEÑO SUPERIOR: se considera un educando con desempeño superior cuando demuestre tener dominio de las competencias, contenidos y realización de las actividades académicas del área en forma destacada, con un alto desarrollo cognitivo que lo ubica en un promedio de 4.60 y 5.00
Criterios de Evaluación:
- Participa activamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución.
- El trabajo en el aula es constante y enriquece al grupo.
- Maneja adecuadamente los conceptos aprendidos y los relaciona con experiencias vividas, adoptando una posición crítica.
- Respeta y participa en las actividades planteadas, tanto por el docente como por sus compañeros.
- Su comportamiento y actitud, contribuye a la dinámica de grupo.
- Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las temáticas vistas en clase.
- Asume con responsabilidad y dedicación sus compromisos académicos.
- Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas y las argumenta con propiedad.
- No tiene faltas de asistencia, y aún teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado.
- Alcanza todos los logros propuestos sin actividades complementarias.
- No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto de su relación
con todas las personas de la comunidad educativa.
- Manifiesta alto sentido de pertenencia institucional.
DESEMPEÑO ALTO: se considera un estudiante con desempeño alto cuando demuestra el dominio de las competencias, los contenidos curriculares y desarrollo de las actividades académicas de forma satisfactoria en el área con un promedio entre 4.00 y 4.59
Criterios de Evaluación:
- Maneja y argumenta los conceptos aprendidos en clase.
- Participa moderadamente en el desarrollo de las actividades en el aula.
- El trabajo en el aula es constante, aportando con discreción al grupo.
- Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento.
- Su comportamiento favorece la dinámica de grupo.
- Aporta ideas que aclaran las posibles dudas que surjan durante el proceso.
- Emplea diferentes fuentes de información y lleva registros.
- Presenta a tiempo sus trabajos, consultas, tareas.
- Alcanza todos los desempeños propuestos, pero con algunas actividades complementarias.
- Tiene faltas de asistencia justificadas.
- Manifiesta sentido de pertenencia con la institución.
DESEMPEÑO BÁSICO: se considera un estudiante con desempeño básico aquel que tenga un dominio de las competencias, de los estándares básicos y lineamientos curriculares del área no inferior a 3.00 ni superior a 3.99
Criterios de Evaluación:
- Participa eventualmente en clases.
- Su trabajo en el aula es inconstante.
- Relaciona los conceptos aprendidos con experiencias de su vida, pero necesita de colaboración para hacerlo.
- Es inconstante en la presentación de sus trabajos, consultas y tareas; las argumenta con dificultad.
- Le cuesta aportar ideas que aclaren los conceptos vistos.
- Su comportamiento académico y formativo es inconstante.
- Presenta dificultades de comportamiento.
- Alcanza los desempeños mínimos con actividades complementarias dentro del período académico.
- Presenta faltas de asistencia, justificadas e injustificadas.
- Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas.
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DESEMPEÑO BAJO: se considera un estudiante con desempeño bajo cuando no supera el dominio de los estándares básicos de competencias ubicándose en una escala de valoración entre 1.0 y 2.99
Criterios de evaluación.
- El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta progreso en su desempeño académico.
- Manifiesta poco interés por aclarar las dudas sobre las temáticas trabajadas.
- Registra eventualmente sus consultas y el desarrollo de las temáticas.
- Necesita ayuda constante para profundizar conceptos.
- Presenta deficiencias en la elaboración argumentativa y en la producción escrita.
- Evidencia desinterés frente a sus compromisos académicos.
- Afecta con su comportamiento la dinámica del grupo.
- No alcanza los desempeños mínimos y requiere actividades de refuerzo y superación, sin embargo, después de realizadas las actividades de recuperación no logra alcanzar los logros previstos.
- Presenta faltas de asistencia injustificadas afectando su rendimiento académico.
- Presenta dificultades de comportamiento.
- No tiene sentido de pertenencia institucional.
Desempeño superior: de 4.60 a 5.00
Desempeño alto: de 4.00 a 4.59
Desempeño básico: de 3.00 a 3.99
Desempeño bajo: de 1.0 a 2.99
PARAGRAFO: Cuando la nota definitiva tanto del periodo como del informe final sea de 2.95 a 2.99 se aproximará a 3.00.
LAS ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES.
 Consultas e investigaciones
 Pruebas para evidenciar el desempeño (orales, escritas, exposiciones, sustentaciones)
 Trabajo en equipo.
 Organización de sus trabajos del área
 Valoración continua
 Autoevaluación, heteroevaluación y coevaluación de los estudiantes.
 Observación directa en el aula y contexto.
 Dialogo entre los docentes – docentes, docente – estudiante.
 Visitas domiciliarias.
 Entrevistas con padres de familia y estudiantes.
ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR
 Hacer análisis y seguimiento a los resultados académicos de los estudiantes después de finalizar cada periodo teniendo en cuenta las variables internas y externas que generan el bajo rendimiento académico. A través de las comisiones de evaluación quienes remitirán al consejo académico y coordinadores de área.
 Involucrar a través de las mesas de trabajo a toda la comunidad educativa en la implementación de nuevas acciones para el mejoramiento del desempeño académico.
 Hacer seguimiento a la inasistencia de los estudiantes.
 Retroalimentación de los estudiantes con barreras para el aprendizaje y la participación social para mejorar logros y desempeño académico en forma sincrónica.
 Tener en cuenta la diversidad de los estudiantes para los procesos de evaluación y promoción.
 Diálogos permanentes con los estudiantes y padres de familia sobre el desempeño académico.
 Hacer seguimiento y análisis a los estudiantes teniendo en cuenta su desarrollo personal, cognitivo y social.
 Sensibilizar y Motivar a la comunidad educativa sobre la importancia de la educación.
 Dar estímulos a aquellos estudiantes que sobresalen y los que superan sus dificultades. Teniendo en cuenta las diferencias individuales.
 Los docentes tendrán en cuenta los mismos criterios y metodologías de evaluación institucional más aquello que considere pertinentes para el área.
 Capacitar u orientar a los estudiantes en técnicas de estudio.
PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
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PARÁMETROS PARA LA AUTOEVALUACIÓN
Siendo la autoevaluación la estrategia por excelencia para educar en la personalidad y para aprender a valorar, criticar y reflexionar sobre el proceso de enseñanza aprendizaje, se fijaran unos parámetros que garanticen la efectividad de esta.
La autoevaluación debe ser: Autónoma, participativa, pertinente, retroalimentativa, permanente, integral, flexible, cualitativa, cuantitativa y funcional
_ La autoevaluación se realizara por temas: Esto se llevará a cabo con la elaboración de un portafolio donde se tendrán en cuenta algunos pasos que nos ayuden a despejar dudas y dar respuesta a interrogantes como:
¿Qué aprendí hoy?
¿Qué hice bien?
¿En que tengo dudas?
¿En que necesito ayuda?
¿Sobre qué quiero saber más?
¿Cuál va a ser mi próximo trabajo?
Portafolio:
Actividad (tema
Logros
Dificultades
Compromisos
Conocimientos previos sobre el tema
Relación alumno maestro
Relación con los pares
Disponibilidad para las clases
Conocimientos adquiridos
Conclusiones:_______________________________________________________________________________________________________________________________________________
Otros instrumentos para tener en cuenta serían:
Bloc de autoevaluación
Hoja de plan semanal
Herramientas de auto reflexión
Diario del estudiante
Reuniones escritas
Discusiones en pequeños grupos
Entrevista estudiante docente
Matrices de valoración
Bitácora
Trabajos y tareas
Registro de anécdotas
Libro de evidencias
Solución de problemas
Elaboración de protocolos
Guías de observación
LAS ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN
1. Los logros a evaluar en cada área estarán claramente definidos en el plan de estudio y boletines académicos, además, serán presentados a los estudiantes en la primera clase de cada periodo con sus respetivas estrategias de evaluación.
2. Utilizar un lenguaje claro y sencillo de tal manera que sea comprendido por el padre de familia y estudiantes.
3. El maestro debe hacer buen manejo de grupo.
4. Diseñar estrategias de evaluación pedagógicas que lleven al estudiante a un aprendizaje significativo teniendo en cuenta los parámetros establecidos por el Icfes y pruebas saber.
5. Establecer buenas relaciones con el estudiante y padres de familia.
6. Estar atento a las sugerencias, quejas y reclamos que presenten los miembros de la comunidad educativa.
7. Participación activa en el proceso de evaluación.
8. Evaluar a los estudiantes de manera integral.
9. Actas de cursos remediales firmadas por el docente, estudiante y padre de familia.
10. Adoptar un mismo plan de remediales de primero a once con estrategias y metodologías claras.
11. Establecimiento de cronograma visible para el sistema de cursos remediales acordado entre directivos, docentes, padres de familia y estudiantes.
12. Establecer cronograma de reuniones con estudiantes y padres de familia que presenten debilidades académicas para darles a conocer el proceso de evaluación y así poder establecer en conjunto acciones correctivas.
13. Las comisiones de evaluación y promoción se encargarán del control y vigilancia de la aplicación del sistema de evaluación institucional.
14. Recordar a los educadores cuáles son sus funciones como orientadores.
15. Analizar si la deserción y el bajo rendimiento en la institución son causa de los modelos evaluativos inadecuados empleados por los docentes.
16. Utilizar la evaluación como un instrumento que ayude a identificar fortalezas y debilidades de los factores que inciden en los aprendizajes de los estudiantes, permitiendo el mejoramiento continuo en el proceso formativo.
17. Revisar si los modelos evaluativos tienen gran relación con la misión, la visión de la institución y satisfacen las necesidades de los estudiantes.
18. Las directivas de la institución velarán para que se garantice una educación con calidad pertinente y con una política de inclusión a través de sus cuatro gestiones académicas.
PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA.
El año escolar se divide en cuatro periodos, de los cuales se entregará a los padres de familia un informe académico por escrito del proceso formativo de los estudiantes. Además de un informe final con el promedio acumulado en cada una de las áreas, que se entregará al terminar el año, dando cuenta de la aprobación o no del grado correspondiente.
Los informes se entregarán únicamente a los padres de familia o acudiente acompañados por los estudiantes en las dos semanas siguientes de terminado el período, de lo cual se dejará un registro
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de entrega de informes. En caso de no asistir se anotará en la ficha observador del alumno.
ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN CLAROS, COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACIÓN INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN.
Los resultados deben ser en un lenguaje claro y sencillo, para ser leído y comprendido por los padres y estudiantes, los cuales deberán contener fortalezas, debilidades y recomendaciones con relación a los logros evaluados en cada periodo y definidos en el plan de estudio.
En los informes por periodos y el informe final aparecerá la valoración de numérica y el desempeño del estudiante en cada una de las asignaturas y el desempeño correspondiente en el área. En el informe final se le anexará el plan estratégico de recuperaciones (guía de nivelación, talleres).
INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
Ante cualquier reclamo de un padre de familia y/o estudiante sobre la evaluación se seguirá el siguiente procedimiento:
 El estudiante y/o padre de familia contará con 5 días hábiles posteriores a la entrega de la valoración para manifestar de manera respetuosa, en el momento y en el lugar oportuno su desacuerdo con la evaluación al respectivo docente.
 Las partes establecerán un diálogo a fin de llegar a un acuerdo, del cual se dejará constancia por escrito.
 En caso de continuar la inconformidad del estudiante y/o acudiente sobre los hechos valorados, estos podrán acudir a la coordinación académica donde se recibirá su reclamación y se procederá en un lapso de máximo 5 días hábiles a mediar la situación entre las partes de lo cual se dejará constancia escrita.
 En caso de persistir la inconformidad el estudiante y/o acudiente podrá recurrir a las siguientes instancia en el orden que se mencionan:
o Comisión de Evaluación y Promoción
o Consejo Académico
o Consejo Directivo
Las cuales contarán con un periodo de 5 días hábiles cada una para resolver la situación.
Para la atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y/o estudiantes sobre la promoción se procederá de la siguiente manera:
 Después de que en reunión de la comisión de promoción y evaluación al finalizar el año se definan los estudiantes promovidos y no promovidos , el coordinador académico dispondrá de dos días hábiles para notificar por escrito al padre de familia y acudiente la reprobación del grado del estudiante teniendo en cuenta las causas por las cuales obtuvo dicho resultado. En el caso de los estudiantes aprobados será responsabilidad del director del grupo hacerle claridad al padre de familia y estudiante sobre las decisiones tomadas en la comisión de evaluación y promoción en el momento de la entrega de informes académicos finales.
 Ante cualquier inconformidad de esta índole acudiente y/o estudiante podrán manifestar su reclamación por escrito, a la coordinación académica, los dos primeros días de la semana de desarrollo institucional del año siguiente.
 El coordinador académico analizará la situación inmediatamente y reunirá la comisión de evaluación y promoción en caso de ser necesario, la cual requerirá la presencia del acudiente y el estudiante para la toma de decisiones y además la el profesor. La reunión con la comisión de evaluación y promoción para atender estos casos no podrá excederse de la primera semana de desarrollo institucional, levantando acta de las situaciones presentadas.
 Cuando por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, como acoso sexual, discriminación religiosa, política, familiar, de raza, venganza u otra, un docente repruebe en la evaluación de periodo académico o de fin de año a un estudiante, el consejo académico recomendará al Rector, la designación de un segundo evaluador de la misma área del plantel o de otro, para realizar la evaluación y valoración, la cual quedará como definitiva en el certificado en la parte correspondiente a observaciones, ya que en la casilla de la asignatura reprobada, se escribirá el registro dado por el titular.
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MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
Para la construcción de Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes se procederá así:
 Lectura minuciosa, reflexiva y analítica del Decreto 1290 de abril de 2009 y de las orientaciones emanadas de Secretaria de Educación por parte de los docentes y directivos docentes de la institución
 Formulación de la propuesta del Sistema Institucional de Evaluación de estudiantes por parte de los docentes y directivos docentes.
 Conformación de un equipo dinamizador en la construcción del SIE, el cual estará integrado por:
o Directivos docentes
o Un docente de cada sede
o Un egresado
o El representante de estudiantes
o Un padre de familia de cada sede
 Asesoría de una funcionaria del MEN para la realización de correcciones y ajustes a la propuesta por parte de los docentes y directivos docentes.
 Socialización a estudiantes a través de una guía de orientación de grupo para recoger los aportes, ideas e inquietudes sobre el sistema institucional de evaluación de estudiantes, las cuales serán recogidas por escrito y entregadas al equipo dinamizador.
 Socialización y ajustes de la propuesta del Sistema Institucional de Evaluación de estudiantes con el consejo estudiantil, consejo de padres de familia, egresados y comunidad educativa en general.
 Formulación del documento final del SIE
 Reunión del consejo académico para avalar el documento
 Reunión del consejo directivo para avalar el documento
 Divulgación y apropiación del SIE
El presente acuerdo rige a partir del 1º de enero de 2010 y deroga aquellas disposiciones que le sean contrarias.
CAPITULO 3.
Artículo 10. DERECHOS, DEBERES Y ESTIMULOS.
10.1. Derechos
10.1.1. Alumnos
a. Recibir sus orientaciones pedagógicas
b. Ser evaluado correctamente.
c. Ser tratado con respeto y dignidad.
d. Ser atendido en sus reclamos.
e. Ser orientado con eficiencia.
f. Participar en todas las actividades extraescolares.
g. Ante una falta ser llamado a descargos.
h. Ser informado sobre los cambios o disposiciones legales que tenga que ver en su desempeño.
i. Que se diligencie correctamente sus documentos.
J. Que se le imparta instrucciones a través de una pedagogía activa.
k. Que se le de participación en el trabajo de aula.
l. Que se le corrijan sus trabajos con eficacia.
m. Que no se le coloquen tareas improvisadas.
n. Que se le de a conocer previamente el objetivo que se trata de lograr al inicio de su aprendizaje.
o. Que se le de a conocer por parte del educador la calificación de sus actividades pedagógicas.
p. Que se de una formación integral.
q. Que se incluya en las actividades deportivas y de recreación.
r. Disfrutar responsablemente de las instalaciones, dotación y servicios que corresponden a las actividades tanto curriculares como extracurriculares debidamente planeadas.
s. Que se le tenga en cuenta para ingresar a los diferentes grupos estudiantiles o equipos.
t. Manifestar libremente sus ideas y hacer críticas con respeto a nivel disciplinario, académico o de otro tipo, sin que existan represalias siempre que tales ideas o críticas ayuden a una mayor eficacia en la labor educativa.
u. Reconocer los emblemas que lo identifican como miembro de la institución.
v. Ser respetados en sus creencias e ideologías.
10.1.2. Educadores
a. Recibir trato respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.
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b. Al libre ejercicio de la profesión, de acuerdo con lo consagrado en el artículo 25 de la Constitución Política y con la ley laboral vigente.
c. Elegir y ser elegido para el Consejo Académico en representación de su área académica, de acuerdo con el procedimiento que para ello definan quienes la integran.
d. Participar en los cursos de mejoramiento, actualización y profesionalización que organice la Institución.
e. Derecho por respeto de la intimidad y el buen nombre.
d. Todos aquellos consagrados como derechos fundamentales por la Constitución Política.
10.1.3. Padres de familia.
a. Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares y boletines en donde se informe sobre compromisos con la Institución.
b. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.
c. Elegir y ser elegidos en igualdad de condiciones al Consejo de Padres de familia y/o Asociación de Padres de Familia.
d. Solicitar explicaciones claras y precias sobre el rendimiento escolar y comportamiento de sus hijos.
e. Participar en todos los programas de formación de padres que brinde la institución para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.
10.2. Deberes
10.2.1. Alumnos
1. Cumplir con el Manual de Convivencia social, de la Institución Eductiva Lorenzo Yali, creciendo en valores para un nuevo siglo.
2. Ajustarse a las normas de la Institución, en la calle o en cualquier otro lugar, con buena conducta, disciplina y buena moral.
3. Asistir puntualmente a las clases y actos de comunidad programados por el establecimiento, cumpliendo con exactitud el horario establecido. (Cuando el alumno se retire del plantel por voluntad propia o de cualquier acto programado por la Institución, el alumno regresará a la Institución educativa mediante la asistencia de los padres de familia, donde explicará el motivo.)
4. Cumplir con sus tareas e investigaciones oportunamente.
5. Poseer hábitos de estudio, tanto en casa, bibliotecas y otros espacios que se brindan.
6. Prestar atención en clase.
7. Escuchar y respetar el punto de vista del otro.
8. Asistir a las actividades de recuperación, refuerzo y nivelación que se programen en la Institución o cada vez que los educadores lo requieran para fortlecer en forma excelente su desempeño académico. El estudiante con bajo rendimiento académico y disciplinario, se le hará un respectivo seguimiento desde el orientador de grupo, alumno representate de grupo, padre de familia de grupo, coordinadores, consejos directivos, comisión de promoción, consejo académico, donde se investiga las causas de sus deficiencias, se les explicará a los padres de familia responsables de él, donde se les dirá de la necesidad de la semipresencialidad del alumno donde vendrá a presentar trabajos escritos, evaluaciones, talleres, laboratorios, trabajo de biblioteca y demás especialidades, cumpliendo debidamente con el manual de convivencia social en esa instancia.
9. Conservar un comportamiento que no atente contra los derechos de los compañeros.
10. Aportar elementos que contribuyan a la solución de las situaciones problemáticas que se presentan en la Institución o fuera de ella.
11. Contribuir con la no violencia en la Institución no trayendo ningún tipo de armas blancas o cortopunzantes como navaja, cuchillos, revolveres, bisturís, destornilladores, machetes, cuchillas entre otros.
12. Cuidar con esmero de su presentación personal, de tal manera que refleje orden, armonía y pulcritud, evitando el uso de accesorios inadecuados como aretes, pulseras, etc.
13. Llevar con respecto el uniforme dentro y fuera del establecimiento, y no usarlo en lugares públicos como heladerias, billares, juegos de azar.
14. Formular cortésmente sus reclamos a directivos y profesores, y atender comedidamente sus observaciones y llamados de atención.
15. Abstenerse de practicar juegos de azar dentro del Plantel.
16. Brindar un trato amable a compañeros, profesores, directivos y empleados del Plantel.
17. Evitar acciones, expresiones displicentes, comentarios de mal gusto, vocabulario soez, apodos, gritos extemporáneos, y silbidos.
18. Hacerse responsable de daños y pérdidas ocurridas en las instalaciones, dotaciones y servicios a cuyo disfrute haya tenido acceso.
19. Mantener, proteger y conservar sano y adecuadamente el medio ambiente fuera y dentro del plantel.
20. Respetar y no usar sin su consentimiento bienes y pertenencias del plantel y compañeros.
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21. Entrar a los servicios sanitarios que correspondan a su sexo y hacer uso correcto de ellos.
22. Mantener en orden los diferentes lugares donde se realizan las actividades escolares y extraescolares.
23. Colaborar en las diferentes actividades del Plantel.
24. Acudir al diálogo para solucionar problemas.
25. Preocuparse por la buena marcha de la Institución
26. Evitar la publicación de pasquines y agitadores que conlleve a una mala imagen de la Institución.
27. Respetar los símbolos patrios.
28. Solicitar ante la coordiandora o rector los permisos respectivos, necesarios y justificados para asuentarse, llegar tarde o no asistir al plantel. Los retiros del establecimiento deben ser solicitados por los padres o acudientes, quienes los retiran personalmente.
29. Ser muy justo en el análisis de todas las situaciones planteadas, lo mismo en todas las sugerencias que tenga que presentar.
30. Evitar todos los comentarios que puedan dar lugar a chismes o chistes de mal gusto, respetando la vida íntima de compañeros, profesores y demás miembros de la comunidad.
10.2.2. Profesores
1. Promover en sus clases el trabajo en grupo.
2. Cumplir eficientemente los turnos disciplinarios que le sean asignados.
3. Respetar la institución no presentandose a la institución en estado de embriaguez, no consumir dentro de la institución cigarrillos u otros alucinogenos.
4. Usar un vocabulario correto, adecuado y oportuno dentro de la institución.
5. Manejar adecuadamente la disciplina en los desfiles y actos civicos, asi como assitir puntualmente a ellos.
6. Conocer y cumplir los acuerdos consignados en el Manual de Convivencia.
7. Ser ejemplo para sus alumnos en toda circunstancia y lugar.
8. Responsabilizarse de las horas de clase y demás actividades escolares a su cargo, de acuerdo a la normatividad vigente.
9. Fomentar instancias de diálogo y reflexión sobre el desarrollo de la asignatura a su cargo para identificar logros y dificultades y negociar alternativas de solución.
10. Dar a conocer a los estudiantes los resultados de sus evaluaciones en tiempo oportuno para que puedan ejercer su derecho al reclamo cuando sea del caso.
11. Promover relaciones cordiales y respetuosas con todos los miembros de la comunidad escolar.
12. Brindar información veraz y oportuna sobre rendimiento escolar y disciplinario de un estudiante cuando así lo requieran sus acudientes de acuerdo con los horarios establecidos en el plantel para tal efecto.
13. En caso de ser designado orientador de grupo, hacer el seguimiento de los alumnos a su cargo en relación con asistencia, comportamiento y rendimiento académico, y responder en forma eficiente por los distintos bienes que se le entreguen.
14. Mantener y fomentar la comunicación entre todo el cuerpo docente con el fin de propiciar la unidad de criterios en la formación en valores, niveles de desempeño y rendimiento escolar de los alumnos a su cargo.
15. A través del ejercicio docente, inculcar en los alumnos el amor por la vida, la libertad, la ciencia y la convivencia humana.
16. Asignar tareas que ayuden a los alumnos a repasar, profundizar o ampliar lo aprendido en clase, pero que estén al alcance de sus capacidades y las puedan efectuar solos.
17. Dar un trato justo y equitativo a los alumnos sin evidenciar preferencias.
18. Estimular a los alumnos a aprender a partir de sus logros y progresos antes que desde sus dificultades y fallas.
19. Preparar oportuna y continuamente las clases a fin de brindar a los alumnos alternativas de aprendizaje.
20. Utilizar los materiales y recursos didácticos que la institución brinda para el desarrollo de los procesos y velar por su cuidado.
21. Presentar, en las fechas indicadas, los registros de alumnos como planillas, diario, observador del alumno, planeamiento general, control de asistencia.
22. Mantener un sistema de evaluación permanente y de tipo cualitativo, que permita establecer los logros y dificultades del proceso de formación de los estudiantes.
23. Informar a los alumnos los resultados de las evaluaciones periódicas antes de pasarlas a las planillas a fin de atender los posibles reclamos.
24. Permanecer en la institución durante la jornada de trabajo, tal como lo estipulan las normas, decretos, circularers emanadas por la secretaria de educación y minesterio de educación nacional.
25. Programar el trabajo de los estudiantes en caso de ausencia justificada para evitar indisciplina y pérdida de tiempo.
26. Participar activamente en las actividades complementarias organizadas por la comunidad educativa.
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27. Participar activamente en la administración de los alumnos a su cargo remitiendo oportunamente los casos especiales a la dirección de grado, coordinación, orientación escolar o la instancia que corresponda, para su adecuado tratamiento.
28. Participar en los distintos comites del gobierno escolar, tal como lo estipula la norma educativa, manuales de funciones y codigo disciplinario.
29. No dejar solos los grupos, con el pretexto de que tienen otras labores que hacer, en otros lugares.
30. No enviar alumnos por tizas, mapas o hacer mandados, razones u otra circunstancias.
31. Responder por el control disciplinario, los días que le corresponda o en su defecto en el momento que hace ingreso al establecimiento.
32. Evitar que los alumnos salgan corriendo de las aulas de clase o entren.
33. Diligenciar correctamente las fichas observadores, diarios de campo u otros que tenga que ver con su labor docente.
34. Solucionar problemas en forma oportuna.
35. Respetar y hacer respetar el conducto regular.
36. Hacer propuestas que busquen mejorar su formación personal, la educación general y el bienestar de la Institución Educativa.
37. Asistir a eventos en nombre de la Institución Educativa con el apoyo de éste o otra instancia a foros encuentros seminarios convivencias y demás eventos que les permitan crecer humana y profesionalmente.
38. Ser escuchados en las situaciones que lo ameriten, sobre todo en orden a la evaluación de su desempeño profesional, o en lo relativo a las activiadades en las que tenga responsabilidades.
39. Puntualidad al llegar al aula de clase, para poder exigir cumplimiento al alumno.
10.2.3. Rector.
1. Conocer y difundir el contenido del Manual de convivencia entre todos los miembros de la comunidad educativa.
2. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación nacional y de los Consejos Directivos y Académico.
3. Orientar al personal docente, administrativo y de servicios generales en el ejercicio de sus funciones.
4. Fomentar la comunicación entre los diferentes estamentos al interior de la Institución, así como con las autoridades educativas, patrocinadores y comunidad local con la intención de facilitar el logro de los objetivos comunes.
5. Propiciar el diálogo cordial y respetuoso entre los miembros de la comunidad escolar y proponer alternativas de conciliación ante los conflictos que puedan surgir entre ellos.
6. Dirigir la consecución de los recursos materiales necesarios en la institución y velar por crear y/o mantener las condiciones físicas indispensables para el normal desarrollo de las actividades académicas.
7. Promover el desarrollo integral de los alumnos por medio de proyectos educativos comunitarios que los conviertan en agentes de cambio en la sociedad.
8. Dialogar con los diferentes consejos del gobierno escolar un mismo idioma, unificando criterios que posibiliten la buena marcha de la Institución.
9. Gestionar como Rector, todos los proyectos y actividades mancomunadamente con las otras instituciones, buscando asi el mejoramientote de la institución.
10. Orientar la actualizacion del PEI.
11. Integrarse a los diferentes proyectos del municipio, para buscar estrategias de bienestar de la institución.
12. Atualizarse de acuerdo a las nuevas legislaciones del MEN.
13. Citar a los diferentes consejos que conforman el gobierno escolar.
10.2.3. Coordinadores
El coordinador académico depende del rector.
1. Participar en el consejo académico y comisiones de promoción académica.
2. Colaborar con el rector en la planeación y evaluación Institucional.
3. Dirigir la planeación y programación académica, de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares que se manejen en la Institución.
4. Organizar los profesores de acuerdo con las normas vigentes, y coordinarlos para el logro de los objetivos.
5. Coordinar la acción académica con la administración de alumnos y profesores.
6. Establecer canales y mecanismos de comunicación.
7. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas.
8. Dirigir la evaluación del rendimiento académico (Calidad educativa), y adelantar acciones para mejorar la retención escolar.
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9. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de las clases de la Institución Educativa, presentándolos al rector para su aprobación.
10. Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos Institucionales.
11. Administrar el personal de acuerdo con los lineamientos educativos actuales.
12. Rendir periódicamente informe al rector del plantel sobre el resultado de las actividades académicas.
13. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados en la institución.
14. Organizar las direcciones de grupo.
15. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
16. Conocer y difundir con el rector el manual de convivencia.
17. Orientar la disciplina de la institución.
18. Citar a los padres de familia cuando se presente alguna dificultad con algun estudiante.
10.2.4. Padres de Familia
1. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares por parte de los hijos después del horario de clases.
2. Supervisar constantemente el uso adecuado y correcto del uniforme.
3. Acudir a la Institución Educativa en los días y horarios adecuados de labores, cuando sean citados por el Coordinador de disciplina, director de grupo, profesor o rector. En caso tal de que el padre de familia no acuda el alumno quedará suspendido hasta tanto no se hagan presente en la Institución para que clarifiquen las situaciones dadas en los respectivos observadores o diarios de campo del educador, coordinador y rector.
4. Asistir puntualmente a las reuniones de padres de familia, o asambleas programadas por la Institución para hacer el seguimiento del rendimiento académico y disciplinario de sus hijos.
5. Responder por los daños que hagan sus hijos en el Plantel.
6. Investigar cuantas veces sea necesario por el progreso del alumno.
7. Dialogar constantemente con los profesores, para cumplir con la educación institución, Hogar, reforzando así la labor de la institución en la formación y fortalecimiento del desarrollo afectivo.
8. Motivar constantemente al alumno sobre el fiel cumplimiento de las obligaciones como estudiantes.
9. Inculcar a los hijos sobre el respeto a los superiores, dándoles al mismo tiempo el ejemplo pertinente.
10. Hablar con educadores, coordinadores y rector un mismo idioma con el fin de no desorientar la formación integral de los estudiantes, evitando la pérdida de la autoridad de padres de familia y los mismos educadores.
11. Proveer a sus hijos de todo lo indispensable para que puedan dar el rendimiento académico esperado.
12. Prestar atención en los implementos que portan sus hijos para asistir a la institución evitando el porte de armas contribuyendo a la No violencia.
13. Contribuir en el mejoramiento académico y disciplinario de la Institución, aportando así a la construcción de la paz.
14. Hacer reclamos respetuosamente.
10.3. Estímulos
10.3.1. Alumnos
Los alumnos que se destaquen por su buen rendimiento académico, comportamiento, sentido de pertenencia, compañerismo, proyección comunitaria, presentación personal con respeto al uniforme, espíritu cultural y deportivo, puntualidad, cuidado del medio ambiente, se estimularán por medio de: Resoluciones rectorales, condecoraciones, izada del pabellón nacional, placas, pergaminos, menciones honoríficas, entrega de becas, representar la institución en eventos culturales y deportivos, ser elegido el mejor bachiller para lo cual se tendrá en cuenta lo siguiente: Excelente rendimiento académico y disciplinario en todos los grados del Nivel de Básica Sencundaria y media académica, Participación y liderazgo en las actividades programadas en la institución y la comunidad, vivencia en valores, sentido de pertenencia con su entorno, reconocimientos obtenidos en años anteriores, espiritu de superacion desmostrado por estudios realizados.
10.3.2. Profesores
Los educadores que se destaquen por su compañerismo, solidaridad, buenas relaciones con la comunidad educativa, iniciativa, proyección comunitaria, creatividad, puntualidad, mejoramiento académico, se les hará su respetivo reconocimiento por medio de resoluciones rectorales, placas, pergaminos,
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postulación para premios de indole nacional y depatamental, Ser elegido para capacitaciones, jornadas de salud mental.
10.3.3 Padres de familia.
Se resaltarán por medio de condecoraciones, placas, resolusiones rectorales, representación a la institución en eventos, aquellos padres de familia o acudientes que se destaquen en la participación de actividades escolares, acompañamiento permanente a sus hijos, asistencia y puntualidad a las diferentes programadas en la institución, sentido de pertenencia, buenas relaciones con los miembros de la comunidad, solidarios.
Artículo 11. COMPORTAMIENTOS QUE AFECTAN LA DISCIPLINA.
11.1. Faltas leves
1. Impuntualidad a las clases y demás actos realizados en la Institución, sin justificación alguna.
2. Por cada llegada tarde a la institución, el coordinador o responsable de la disciplina anotará en el control de faltas de estudiante la fecha y hora de esta falta, permitiéndole la entrada a la institución pero no ingresa a la primera clase. Cuando el estudiante tiene tres llegadas tardes se le anotará como falta de disciplina en la carpeta de seguimiento y se le hará saber al acudiente. El estudiante que llegue después de las 8:00 a.m, debe traer su justifcación por escrito, de lo contrario no se le permitirá la entrada a la institución y se le notificará al acudiente.
3. Quien faltare sin causa justa a las clases o actos realizados por la institución se le hará la observación respectiva, en la carpeta de seguimiento.
4. Retirarse de la institución, aula o actos sin previa autorización. Cuando el estudiante se retire de las clases, del plantel o de cualquier acto programado por la institución sin autorización, este regresará a la institución educativa mediante la asistencia de los padres de familia, donde explicará el motivo de su retiro, previa anotación en la carpeta de seguimiento.
5. Incitar al desorden o indisciplina en el aula de clase con malos olores (sudoración en los pies, en las axilas y gases estomacales) eructar u otras sustancias que afecten el ambiente escolar.
6. Llevar incorrectamente el uniforme dentro y fuera de la institución, o después de una hora de salir de la institución.
9. Sentarse inadecuadamente en las sillas.
10. Alterar la disciplina en los salones, biblioteca, laboratorios y demás dependencias del plantel con: silbidos, gritos extemporáneos, estallidos de bolsa y otros actos no consecuentes con las circunstancias.
11. Expresiones vulgares y o soeces entre los estudiantes de igual o de diferentes sexos.
12. Subirle la falda, bajarle la sudadera o el pantalón.
13. Mostrar desacato o rebeldía a los llamados de atención de la persona que orienta el proceso pedagógico. (Romper evaluaciones)
14. Presentarse al plantel sin el uniforme correspondiente sin causa justificada, en caso tal que lo hiciere llamar al acudiente a que se presente.
15. Irrespetar por su diferencia étnica, religiosa, sexo, condición socio económico e ideológico a sus compañeros, las personas que dirigen el proceso pedagógico y demás miembros de la comunidad educativa.
16. Descuidar el aseo de su salón de clase y arrojar basura en sitios inadecuados.
17. Traer equipos de audio, celulares u otro objeto sin autorización del profesor que perjudiquen al normal desarrollo de las clases. (Estos serán decomisados por el educador y se citará al padre de familia para ser entregado por dicho educador).
18. Interrumpir el normal desarrollo de las clases y demás actos realizados por la institución con celulares.
19. Consumir alimentos o masticar chicle durante la clase y demás actos realizados por la institución.
20. Presentarse sin el material que se requiere para el desarrollo de las clases sin tener justificación por escrito.
21. Entrar o permanecer sin autorización en determinadas dependencias de la institución, rectoría, coordinación.
22. Quedarse por fuera de clases estando en la institución.
23. Practicar juegos bruscos atentando contra su integridad física y las de sus compañeros.
24. Levantarse la falda para organizarse la blusa, ciclistas, o cualquier prenda delante de las demás personas, miembros de la institución educativa o bajarse el pantalón.
25. Cualquier otro acto que perturbe la disciplina de la institución.
26. Confianzas en forma reiterada, manifestadas con besos, caricias en forma exagerada, entre alumnos de igual o diferentes sexo.
27. Arrojar a los compañeros y educadores huevos o cualquier otra tipo sustancias u objetos fuera y dentro de la institución.
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28. Descuidar los útiles escolares especialmente los cuadernos (sin pasta, rayados, sucios, engrasados).
29. Saboteo en clase con apodos, burlas y chistes a los compañeros que impiden la libre expresión de estos.
30. Incitar al desorden, irrespetando el turno en la tienda, restaurante escolar.
31. Negociar con los útiles escolares y juguetes.
32. Tomar el teléfono y/o tocar la campana o timbre sin ser autorizado.
33. Incumplir los convenios o tratados que ha establecido con el educador.
34. Causar daño a la planta física o enseres de la institución. El acudiente debe responder por los daños causados previa investigación del coordinador y reportarse al libro de daños manejado por la secretaria de la institución.
35. El trato descomedido y descortés a los compañeros, profesores y demás personas de la comunidad educativa.
36. Entrar o salir de la institución por vías que no están permitidas por educadores, directivos y personal administrativo de la Institución educativa. (Huerta escolar, ventanas, otros)
37. Asistir a las clases sin los respetivos uniformes o con ellos sucios. En caso tal no tenerlo presentar la respectiva excusa en el cuaderno de comunicaciones firmada por el acudiente y asistir recatadamente (sin ombliguera, pantalonetas, escotes).
38. Permanecer dentro de las aulas o en pisos no autorizados durante los descansos o jornadas deportivas y culturales.
39. Escupir en los muros, paredes, pasamanos, pisos, o ventanales.
40. La falta de comedimiento o incitar a los compañeros para que no atienda y escuchen las observaciones que se hagan por parte de cualquier miembro de la comunidad educativa.
41. Retener información enviada por la institución que debe ser llevada oportunamente al acudiente.
42. Sentarse en lugares que representen peligros y atenten contra su integridad física.
43. Llevar cachuchas, sacos y demás accesorios no acordes con el uniforme en los desfiles, actos cívicos y comunitarios.
44. Negarse a firmar la carpeta de seguimiento o ficha observador del alumno.
11.2. Faltas graves
1. Agresión de palabra y/o hecho contra compañeros, docentes o administrativo o cualquier miembro de la comunidad, dentro y fuera de la institución.
2. Permanecer en discotecas, billares, tabernas, bares con el uniforme.
3. Mostrar los genitales o tocárselos a otro.
4. Fomentar chismes que perjudiquen a compañeros u otras personas de la comunidad educativa.
5. Fumar o portar cigarrillos dentro del plantel, o en actividades programadas por la institución.
6. Esconder o dañar útiles escolares, o pertenencias de los estudiantes, profesores y demás miembros de la comunidad educativa.
7. Asistir a las actividades académicas, deportivas, culturales, cívicas y religiosas en estado de embriaguez o bajo efectos de sustancias alucinógenas.
8. Indisponer el hogar con la institución educativa llevando información distorsionada.
9. Falsificar o destruir informes, excusas, firmas, calificaciones o alterar cualquier tipo de documentos pertenecientes o dirigidos a la institución o a los padres de familia.
10. Escupir a un estudiante, profesor u otro persona de la comunidad educativa.
11. Utilizar los basureros o sitios inadecuados para sus necesidades fisiológicas.
12. Portar, mostrar, distribuir revistas, libros o películas pornográficas, o subliminales.
13. Jugar con fósforos, candelas, u otros elementos que produzcan fuego o explosiones, sin autorización, de educadores y o personal administrativo de la institución.
14. El encubrimiento de hechos que atenten contra la integridad de la comunidad educativa y o de las personas que la conforman.
15. Asociarse en grupos para cometer actos que atenten contra el respeto o bienes de la persona.
16. Irrespeto a los símbolos patrios e institucionales, a nuestros valores culturales, morales y étnicos.
17. Interrumpir con su indisciplina la realización de actos cívicos, culturales, desfiles y demás eventos que se realicen dentro o fuera de la institución.
18. Faltar una semana o más sin causa justificada.
19. La reincidencia como mínimo 3 veces en una misma falta leve se convierte en una falta grave.
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11.3. Faltas gravísimas
1. Cualquier acto que en una u otra forma atente contra el derecho a la vida.
2. Secuestro, sicariato, atraco a mano armada y otros.
3. Acoso sexual o abuso sexual.
4. Corrupción de menores.
5. Aprovechar las instalaciones de la institución para tener relaciones sexuales.
6. Portar, consumir y traficar con bebidas alcohólicas y sustancias alucinógenas.
7. Guardar y portar armas.
8. Hurto comprobado en la institución o en cualquier lugar donde el comportamiento afecte el buen nombre de la institución.
9. Irrespetar física y verbalmente a las personas de la tercera edad, o limitados físicos, mentales dentro y fuera de la institución.
10. Crear falsas alarmas, tendientes a conseguir el pánico colectivo.
11. Y demás faltas que estén estipuladas como delitos en las normas vigentes.
PARAGRAFO: Cuando se tengan indicios que un alumno porta armas, explosivos, sustancias químicas u otros elementos que atentan contra la integridad física de la comunidad educativa, el rector, coordinador o profesores podrán solicitar la entrega de las mismas, caso contrario informarán a la personería municipal, al Revin o inspector de policía para que ejerza las acciones pertinentes.
Artículo 13. Acciones que atentan contra el orden académico.
1. Se considera falta grave cooperar o participar en la suspensión colectiva de asistencia a clases y labores académicas (sin que medie la autorización o el aviso por parte de la administración.)
2. Falta grave la realización de fraude en una actividad evaluativa; entendiéndose por tal el hecho de copiar o tratar de copiar a un compañero en cualquier evaluación; copiar los trabajos de otros compañeros, suplantar o sustituir a un compañero en una prueba evaluativa, presentar los trabajos de otros como propios o cambiarse de nombre para eludir la presentación de cualquier prueba o trabajo. El alumno que se le compruebe el fraude, realizará la respectiva
recuperación al finalizar el periodo académico, previo acuerdo con el profesor de la asignatura.
3. Demostrar negligencia en la presentación de evaluaciones, trabajos, exposiciones y recuperaciones sin justa causa; la recuperación correspondiente a los logros no evaluados por esta actitud se realizará al finalizar el periodo, previo acuerdo con el profesor de la asignatura.
CAPITULO 4.
Artículo 14. ACCIONES, ORIENTACIONES Y CORRECTIVOS.
14.1. Aspecto disciplinario.
14.1.1. Faltas leves.
1. Cuando el estudiante incurra en una falta leve se hará dialogo estudiante-docente en forma privada.
2. Cuando el estudiante incurra en una nueva falta se notificará al padre de familia, por parte del director de grupo dejando por escrito en la carpeta de seguimiento lo acordado por las partes.
3. Cuando el estudiante incurra nuevamente en una falta la coordinación le notificará al acudiente a través del memorando # 1, lo suspenderán un día hábil de clase, el padre de familia se debe presentar a la institución, dispone de tres días hábiles para la posible apelación, la cual debe presentarse por escrito.
4. Cuando el estudiante incurra en otra falta, se remite al el comité de convivencia, paz y no violencia quien fijará las acciones formativas a seguir con el educando. Si este incumple las acciones se entrega del Acuerdo disciplinario o contrato pedagógico por parte del rector.
5. Cuando el estudiante incurra en otra falta la rectoría lo suspenderán dos a ocho días hábiles de clase, se le notificará al padre de familia a través del memorando # 2. El estudiante tendrá tres días hábiles para apelar esta decisión ante el Consejo Directivo, debe presentarse desatrasado de los temas visto en los días de suspensión. En caso de que se haga una evaluación la debe presentar en la semana de recuperación.
14.1.2. FALTAS GRAVES:
1. Realizar en la carpeta de seguimiento la descripción detallada de la falta cometida, dando oportunidad al estudiante para que
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manifieste sus descargos. Se notificará inmediatamente al acudiente para que haga presencia en la institución y se suspenderá de uno a tres días hábiles de clase. En caso de no encontrarse el acudiente se reportará el caso a la oficina de La REVIN, comisaría de familia o personería. La sanción será aplicada por el coordinador o su delegado.
2. Si el estudiante incurre nuevamente en una falta grave será remitido al comité de convivencia, paz y no violencia el cual decidirá la aplicación del Acuerdo disciplinario y las acciones formativas a seguir con el educando. El rector podrá suspender al alumno hasta 8 días hábiles.
3. Si el alumno incurre en una nueva falta será remitido al Consejo Directivo, este establecerá el acuerdo disciplinario y la posible suspensión que puede ser de 9, 15, 20 días hábiles, en caso tal de que se aplique Acuerdo disciplinario o sanción, el estudiante podrá apelar al consejo directivo dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de dicho contrato.
En todos los casos el inculpado por una falta grave, permanecerá des-escolarizado durante un día, el día en que cometió la falta o se tuvo noticia de la ocurrencia de la misma. Luego de ello, deberá reintegrarse a la Institución con la finalidad de iniciar el proceso disciplinario, debidamente acompañado de sus padres o acudientes y acudir a la oficina del Coordinador o rector según el caso. El día de des-escolarización se contará como parte de la sanción que se adopte.
El suspendido deberá, además, obtener de parte de sus compañeros la información necesaria sobre las actividades académicas para que cuando se reintegre esté totalmente al día. Si durante el período de suspensión se realizan evaluaciones orales o escritas y él no está presente, las mismas serán aplazadas para las fechas de refuerzo durante el correspondiente período o final de año, según el caso. Si no cumple con sus obligaciones académicas (estar al día en cada una de las áreas) se remite al comité de convivencia, paz y no violencia para que haga un nuevo seguimiento al alumno.
14.1.3. FALTAS GRAVÍSIMAS
1. Diálogo entre las partes
2. Realizar en la ficha de seguimiento la descripción detallada de la falta cometida.
3. Se notificará inmediatamente al acudiente para que haga presencia en la institución, al igual que a la entidad competente (REVIN, Inspección de policía, Juzgado, Fiscalía)
4. El alumno se suspenderá inmediatamente de todas las actividades institucionales mientras se define su situación
5. Se remitirá el caso inmediatamente al consejo directivo.
Ante la ocurrencia de este tipo de faltas, se aplicarán las siguientes sanciones:
Suspensión de actividades académicas durante un período comprendido entre: cuatro (4) y treinta (30) días, sanción notificada mediante Resolución Rectoral.
Nota: Cuando el estudiante sea suspendido el acudiente debe presentarse para hacerle entrega de su acudido.
De igual manera debe presentarse a la institución a entregar el estudiante para verificar que ha cumplido con los acuerdos establecidos.
Cuando el acudiente no acuda al llamado de la institución, se remitirá el caso a La REVIN con copia a la personería.
La atención de este tipo de faltas corresponde al Rector de la Institución Educativa, o en su defecto el delegado, quien puede ser un docente o el coordinador, la delegación debe ser siempre escrita, indicando el alcance de la misma.
Ante la adopción de cualquier sanción por faltas graves y gravísimas proceden los recursos de:
1. RECURSO DE REPOSICIÓN: Este recurso se presenta ante el funcionario competente que emitió la sanción con el objeto de que la revise, modifique o revoque.
2. RECURSO DE APELACIÓN: Este Recurso se presenta ante el superior jerárquico de quien produjo la sanción con la finalidad de que la modifique o revoque.
Cuando la sanción sea adoptada por el Coordinador, el estudio de la Apelación corresponderá al Rector; cuando la sanción la imponga el Rector, corresponderá al Consejo Directivo resolver la Apelación. Cuando la sanción sea adoptada por el Consejo Directivo como máxima autoridad del gobierno escolar, solo procederá el Recurso
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de Reposición. En la comunicación escrita de la sanción, se deberá expresar que recursos se conceden y ante cual autoridad.
Dada la importancia del proceso educativo, se conceden los siguientes términos para presentar y resolver los recursos:
 Para presentar el recurso: Tres (3) días hábiles.
 Para resolver el recurso: Máximo Cinco (5) días hábiles.
Para el caso de cancelación de la matrícula de un estudiante o negación de cupo escolar para el año siguiente, es de exclusiva competencia del Consejo Directivo.
Todas las decisiones de orden académico o disciplinario deben consignarse por escrito, deben ser elaborados de acuerdo con la gravedad de la falta, es decir, la comunicación de las sanciones se harán mediante: Carta motivada, Acta, Acuerdo del Consejo Directivo y Resolución Rectoral.
14.2. ACUERDO DISCIPLINARIO
1. Cuando el estudiante con acuerdo disciplinario incurra en una falta será suspendido 5 días hábiles mediante la notificación por escrito al PADRE DE FAMILIA.
2. Si reincide se hará acreedor a una sanción de 15 días hábiles, la que será proferida por el rector de la institución, la cual será inapelable, se notificará al padre de familia.
3. Si el estudiante luego de aplicada la sanción anterior continua infringiendo el manual de convivencia, su caso será llevado al Consejo Directivo, quien en última instancia definirá la exclusión o no de él y bajo que condiciones continua en el establecimiento o es excluido de ella.
4. Estudiante que se le halla hecho acuerdo disciplinario no podrá participar de actividades lúdico-recreativas, y deportivas programadas dentro de la jornada académica; pero debe asistir a esta.
5. Estudiante que se le halla hecho acuerdo disciplinario no podrá participar de eventos donde represente la institución o el municipio. En caso tal de que el padre de familia no tenga en cuenta la norma se hará responsable de su acudido y este presentará exámenes y trabajos en la semana de recuperación.
6. Estudiante que sea excluido de la institución no podrá ser recibido hasta después de tres años.
PARAGRAFO: Si transcurrido un tiempo prudencial no menor a seis meses el estudiante a demostrado un cambio total en la conducta que originó el acuerdo disciplinario, éste podrá ser revocado por el Consejo Direxctivo, previa solicitud de él o su acudiente y el concepto favorable del consejo de profesores.
14.3. CRITERIOS PARA EVALUAR EL COMPORTAMIENTO DE LOS ALUMNOS.
El comportamiento de los alumnos se evalua de acuerdo a las observaciones registradas en la ficha de seguimento y observador del alumno, se emite el concepto en forma cualitativa.
CAPITULO 5.
Artículo 15. FUNCIONES
15.1. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
Artículo 23 del decreto reglamentario 1860 del 3 de agosto de 1.994.
1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencias de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados.
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativo con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia.
3. Adoptar el manual de convivencia, el P. E. I y plan de estudios.
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.
5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando algunos de sus miembros se sienta lesionados.
6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector.
7. Participar en la actividad y la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudio y someterlos a la consideración de la Secretaría de
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Educación respectiva o del organismo que haga las veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
9. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que ha de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante;
10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.
11. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas;
12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativa, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.
13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
14. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y estudiantes.
15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto.
16. Aprobar el presupuesto de ingreso y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares.
15.2. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO
Se establece como funciones del consejo académico en concordancia con el decreto 1860/94 las siguientes:
1. Servir de órgano consultor del consejo directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional.
2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente decreto.
3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
4. Participar en la evaluación institucional anual.
5. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignar sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
6. Liderar la orientación pedagógica del establecimiento.
7. Recibir reclamos sobre aspectos de la practica evaluativa por parte de los alumnos o cualquier miembro de la comunidad educativa.
8. Recomendar políticas para la dotación del material y medios auxiliares de enseñanza .
9. Acompañar a los educadores en el proceso de enseñanza-aprendizaje ante dificultades de tipo pedagógico
10. Las demás funciones afines o complementarias con los anteriores que le atribuyen en el P.E. I
15.3. FUNCIONES DEL RECTOR.
1. Conocer y difundir el contenido del manual de convivencia social entre todos los miembros de la comunidad educativa.
2. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del Ministerio de educación nacional de los consejos directivos y del consejo académico.
3. Orientar el personal docente, administrativo y de servicios generales en el ejercicio de sus funciones.
4. Fomentar la comunicación entre los diferentes estamentos al interior de la institución, así como las autoridades educativas, patrocinadores y comunidad local con la intención de facilitar el logro de los objetivos comunes.
5. Propiciar el diálogo cordial y respetuoso entre los miembros de la comunidad escolar y proponer alternativas de conciliación que puede surgir entre ellos.
6. Dirigir la consecución de los recursos materiales necesarios en la institución y velar por crear y/o mantener las condiciones físicas indispensables para el normal desarrollo de las actividades académicas.
7. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.
8. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.
9. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.
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10. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución.
11. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.
12. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaria de Educación distrital, municipal, departamental o quién haga sus veces.
13. Administrar el personal asignado la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos
14. Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva.
15. Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.
16. Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.
17. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
18. Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.
19. Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus requerimientos.
20. Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución.
21. Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa cada seis meses.
22. Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la presente ley.
23. Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.
Las demás que le asigne el Gobernador o Alcalde para la correcta prestación del servicio educativo.
15.4. FUNCIONES DEL PERSONERO.
Artículo 28 del decreto 1860.
1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presente los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
3. Presentar ante el rector o el director administrativo, según sus competencias, las solicitudes de oficio a petición que considere necesarios para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes y,
4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto de las peticiones presentadas por su intermedio.
15.5. FUNCIONES DE LOS EDUCADORES.
1. Participar en la elaboración del planteamiento y programación de actividades del área respectiva.
2. Programar y organizar las actividades de aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel de área.
3. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su personalidad y darles el tratamiento y ejemplo formativo.
4. Participar en la realización de las actividades complementarias.
5. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de aprendizaje.
6. Aplicar oportunamente en coordinación con el jefe de área o coordinador las estrategias metodológicas a que den lugar el análisis de resultados de la evaluación.
7. Presentar al jefe del área o al coordinador informe del rendimiento de los alumnos a su cargo, al término de cada uno de los periodos de evaluación, certificando las calificaciones con su firma.
8. Participar en la administración de alumnos conforme lo determine el reglamento de la institución y presentar los casos especiales al coordinador, al director de grupo y/o a los consejos para su tratamiento.
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9. Presentar periódicamente informe al jefe del área o en su defecto al coordinador sobre el desarrollo de las actividades propias de su cargo.
10. Ejercer la orientación de grupo cuando le sea asignada.
11. Participar en los consejos y comisiones en que sea requerido.
12. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.
13. Cumplir los turnos de acompañamiento disciplinario que le sean asignados.
14. Atender a los padres de familia, de acuerdo con el horario establecido en la institución.
15. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
16. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
15.6. FUNCIONES DEL COORDINADOR.
1. Participar en el Consejo académico, en el comité de evaluación y promoción y en los que sea requerido.
2. Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional.
3. Dirigir la planeación y programación académica, de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.
4. Organizar a los profesores por departamentos de acuerdo a las normas vigentes y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos.
5. Coordinar la acción académica con la administración de alumnos y profesores.
6. Establecer canales y mecanismos de comunicación.
7. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas.
8. Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar la retención escolar.
9. Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de clases del plantel, en colaboración con los jefes de departamento. Presentarlos al Rector para su aprobación.
10. Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.
11. Administrar el personal a su cargo de acuerdo a las normas vigentes.
12. Rendir periódicamente informe al Rector del plantel sobre el resultado de las actividades académicas.
13. Presentar al Rector las necesidades de material didáctico de los departamentos.
14. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
15. Cumplir las demás funciones asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
16. Organizar las direcciones de grupo para que sean las ejecutoras inmediatas de la administración de los alumnos.
17. Supervisar la ejecución de las actividades de su dependencia.
18. Llevar registros y controles necesarios para la administración de profesores y alumnos.
19. Rendir en forma periódica al Rector del plantel sobre las actividades de su dependencia.
15.7. FUNCIONES DE LA SECRETARIA.
1. Planear, construir indicadores, evaluarlos permanentemente y rendir cuentas en lo concerniente al desempeño de las funciones propias del cargo.
2. Diligenciar los libros reglamentarios del establecimiento como registro de logros, registro de matrículas, nivelaciones, admisiones, habilitaciones, validaciones, hojas de vida de profesores y empleados, registro de títulos y acta de grado.
3. Llevar la correspondencia y el archivo del establecimiento y transcribir resoluciones, circulares y demás comunicaciones de acuerdo con las instrucciones impartidas.
4. Revisar la documentación de los alumnos y verificar el lleno de los requisitos legales.
5. Refrendar con su firma las constancias, certificados, actas de grado, diplomas y demás documentos autorizados por el Rector del plantel.
6. Atender las llamadas telefónicas, los alumnos, profesores y público en general, en el horario establecido.
7. Elaborar, digitar e imprimir el listado de los alumnos y profesores y demás proyectos y procesos que requiera el plantel.
8. Ingresar y generar en el sistema la información del servicio educativo.
9. Colaborar con el Rector en los registros del SISRUE, y demás informes estadísticos.
10. Expedir los certificados de estudio, constancias y demás documentos que le sean solicitados.
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11. Asistir a las sesiones del consejo académico, en calidad de secretaria de actas, en el evento de no existir en el establecimiento educativo el cargo de auxiliar administrativo
12. Apoyar el proceso de administración del personal docente y directivo docente a través del suministro de información requerida por parte de la Secretaría de Educación para la cultura.
13. Comunicar oportunamente al rector los compromisos a cumplir.
14. Atender al público, orientarlo y suministrarle la información requerida.
15. Llevar control de la correspondencia recibida y generada por la dependencia.
16. Proyectar y transcribir las respuestas a la correspondencia que deba despachar la dependencia.
17. Organizar y mantener actualizado el archivo de la dependencia.
18. Preparar y organizar la información que debe presentar el rector al secretario de despacho y demás juntas y/o comités.
19. Recibir llamadas telefónicas, operar los medios técnicos disponibles y entregar los mensajes respectivos.
20. Apoyar al personal de la dependencia en la ubicación de archivos y documentos requeridos para el normal desempeño de las funciones.
21. Apoyar al personal de la dependencia en la trascripción y presentación de informes.
22. Utilizar los equipos de oficina y velar por su adecuado mantenimiento.
23. Organizar archivos de medios magnéticos del área correspondiente.
24. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
25. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas en forma regular u ocasional por su superior inmediato.
15.8. FUNCIONES DE LA BIBLIOTECARIA.
1. Planear y rendir cuentas en lo concerniente al desempeño de las funciones propias del cargo.
2. Adelantar al interior de la dependencia los trámites que se le indiquen, acordes con su cargo.
3. Organizar archivos físicos y medios magnéticos del área correspondiente.
4. Utilizar los equipos de oficina y velar por su adecuado mantenimiento.
5. Elaborar el plan anual de actividades y presentarlo al Rector para su aprobación.
6. Elaborar el proyecto del reglamento interno de la biblioteca y presentarlo al Rector para su aprobación.
7. Programar y desarrollar jornadas de trabajo con profesores y alumnos sobre la adecuada utilización de la biblioteca.
8. Clasificar, catalogar y ordenar el material bibliográfico.
9. Suministrar el material bibliográfico y orientar a los usuarios sobre su utilización.
10. Llevar el registro de utilización del servicio y el control de los préstamos realizados.
11. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad del material bibliográfico, muebles y enseres confiados a su manejo.
12. Elaborar el horario mensual y anual de los celadores.
13. Elaborar la relación de permisos de los docentes solicitados al Rector.
14. Asesorar a los usuarios del servicio en la utilización de los materiales didácticos.
15. Clasificar, catalogar y ordenar los materiales didácticos existentes.
16. Llevar el registro del movimiento de los materiales didácticos.
17. Facilitar oportunamente los materiales didácticos solicitados por los docentes.
18. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
19. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida.
20. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas en forma regular u ocasional por su superior inmediato.
15.9. FUNCIONES DEL PERSONAL DE ASEO.
1. Iniciar sus funciones en el horario establecido por el rector.
2. Esmerarse por mantener limpios todos los lugares de la institución.
3. Lavar la unidad sanitaria mínimo dos veces al día.
4. La sala de profesores se debe organizar antes de iniciar labores.
5. Recoger las basuras o barrer el patio después de cada descanso.
6. Organizar las oficinas de la rectoría y secretaria preferiblemente antes de iniciar los horarios de atención al público.
7. Organizar la sala de informática después de cada jornada, siempre y cuando se haya utilizado.
8. Mantener limpia las zonas de circulación y la vía pública aledaña a la institución.
9. Limpiar los bienes muebles e inmuebles de la institución.
10. Mantener organizado los implementos de aseo.
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11. Hacer uso racional de los detergentes y desinfectantes.
15.10. FUNCIONES DEL CELADOR DIURNO.
1. Recibir oportunamente el servicio, comunicando al rector las novedades o anomalías encontradas y de aquellas que ocurran durante su turno.
2. Controlar la entrada y salida de personas y elementos de acuerdo a las normas establecidas y detectar los materiales que atenten contra la seguridad de las instalaciones asignadas y de las personas que se encuentren en ellas.
3. Vigilar los bienes de la institución con el fin de impedir atentados contra la propiedad tanto en las horas diurnas como nocturnas.
4. Efectuar rondas en las áreas que le sean asignadas en el turno.
5. Colaborar con las autoridades comunicando hechos que permitan la neutralización oportuna de los actos delictivos y prestarles el apoyo necesario cuando sea requerido.
6. Tener conocimiento de las instalaciones dadas a su custodia.
7. Conocer el sitio y manejo del equipo de prevención de incendios, contadores de corriente eléctrica y swiches en general.
8. Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad a su cargo y comunicar oportunamente al rector de las anomalías detectadas.
9. Hacer las recomendaciones que considere necesarias al rector para el mejoramiento del servicio.
10. Cumplir las normas de seguridad y prevención de accidentes.
11. Revisar cuidadosamente los bienes e inmuebles que le hayan sido confiados, al entregar y recibir el turno.
12. Consignar en los registros de control las anomalías detectadas en sus turnos e informar oportunamente sobre las mismas.
13. Registrar el control de llegadas tardes de los alumnos con el apoyo de la coordinación.
14. Llamar al personal docente, administrativo y operativo cuando son requeridos en el teléfono.
15. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
16. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas en forma regular u ocasional por el rector.
15.11. FUNCIONES DEL CELADOR NOCTURNO.
1. Recibir oportunamente el servicio, comunicando al rector las novedades o anomalías encontradas y de aquellas que ocurran durante su turno.
2. Controlar la entrada y salida de personas y elementos de acuerdo a las normas establecidas y detectar los materiales que atenten contra la seguridad de las instalaciones asignadas y de las personas que se encuentren en ellas.
3. Vigilar los bienes de la institución con el fin de impedir atentados contra la propiedad tanto en las horas diurnas como nocturnas.
4. Efectuar rondas en las áreas que le sean asignadas en el turno.
5. Colaborar con la autoridades comunicando hechos que permitan la neutralización oportuna de los actos delictivos y prestarles el apoyo necesario cuando sea requerido.
6. Tener conocimiento de las instalaciones dadas a su custodia.
7. Conocer el sitio y manejo del equipo de prevención de incendios, contadores de corriente eléctrica y swiches en general.
8. Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad a su cargo y comunicar oportunamente al rector las anomalías detectadas.
9. Hacer las recomendaciones que considere necesarias a su jefe inmediato para el mejoramiento del servicio.
10. Cumplir las normas de seguridad y prevención de accidentes.
11. Revisar cuidadosamente los bienes e inmuebles que le hayan sido confiados, al entregar y recibir el turno.
12. Consignar en los registros de control las anomalías detectadas en sus turnos e informar oportunamente sobre las mismas.
13. Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
14. Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas en forma regular u ocasional por su superior inmediato.
15. No permitir la presencia de personas durante la jornada, excepto las autorizadas por el rector.
15.12. FUNCIONES DE LAS COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
1. Definir la promoción de los estudiantes al finalizar los diferentes grados y entregar el informe al consejo académico.
2. Determinar las actividades complementarias especiales cuando sea necesario a cumplir por los estudiantes para alcanzar los logros académicos.
3. Hacer seguimiento académico a los estudiantes, especialmente a aquellos que merecen mayor atención y compromiso.
4. Presentar los nombres de los estudiantes al consejo académico, cuando se requiere hacer promociones anticipadas, con los argumentos del caso.
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5. Realizar talleres con los padres de familia para mejorar la calidad de la educación.
6. Llevar un registro de actas donde se de cuenta ante el consejo académico de todos los procesos.
7. Analizar y establecer correctivos frente a situaciones problemáticas en el aspecto académico, a solicitud de cualquier miembro de la comunidad educativa.
8. Formular propuestas que favorezcan en todo tiempo y lugar los procesos de evaluación institucional.
9. Las decisiones tomadas al interior de cada comisión se darán a conocer al consejo académico.
15.13. FUNCIONES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA.
1. Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo;
2. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa;
3. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia;
4. Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje;
5. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de los conflictos y compromiso con la legalidad;
6. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.
15.14. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES.
1. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado;
2. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes;
3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad;
4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados;
5. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño;
6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa;
7. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la ley;
8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente;
9. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo con el Decreto 230 de 2002;
10. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994;
11. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento educativo con la excepción establecida en el parágrafo 2º del artículo 9º del presente decreto.
Parágrafo 1º. El rector o director del establecimiento educativo proporcionará toda la información necesaria para que el consejo de padres pueda cumplir sus funciones.
Parágrafo 2º. El consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.
15.15. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES.
1. Darse su propia organización interna.
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2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.
3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.
4. Informar veraz y oportunamente a los estudiantes de grado, sobre las determinaciones tomadas al interior del consejo y en los demás organismos institucionales que participen.
5. Evaluar periódicamente la ejecución de los diferentes subproyectos contemplados en el PEI.
6. Promover actividades y proyectos que tiendan a la cualificación y mejoramiento Institucional, ampliar mecanismos de participación estudiantil, tales como encuestas, periódico y murales.
7. Representar a la Institución en encuentros interinstitucionales locales.
8. Llevar el registro de sesiones en actas firmadas y presentarlas a la dirección cuando sean requeridas.
9. Revocar el mandato del representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo cuando sea el caso.
15.16. FUNCIONES DEL ORIENTADOR DE GRUPO
1. Elaborar un inventario de los elementos existentes en los salones donde funcionará el curso a su cargo, indicando el estado en que se encuentra y la cantidad de cada uno de ellos, tanto al comenzar, como al terminar el año escolar y entregarlo oportunamente al Rector o al coordinador asignado para tal fin.
2. Participar en el planeamiento y programación de la administración de alumnos, según sean sus condiciones socio-económicas y características personales.
3. Ejecutar el programa de inducción de los alumnos del grupo confiado a su dirección.
4. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento a sus efectos en los estudiantes.
5. Orientar a los alumnos en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico en coordinación con los servicios de bienestar.
6. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos y lograr en coordinación con otros estamentos las soluciones más adecuadas.
7. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de familia o acudientes, para coordinar la acción educativa.
8. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los alumnos del grupo a su cargo.
9. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo.
10. Rendir periódicamente informe de las actividades y programas relacionados con su cargo a los coordinadores del plantel.
11. Entregar los informes académicos y de comportamiento a los padres de familia de acuerdo a las fechas programadas en el cronograma de actividades o cuando sean requeridos.
12. Participara activamente en todas aquellas actividades en donde su grupo esté representado.
15.17. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE GRUPO
1. Colaborar con el director de grupo en la administración del grupo en todos los aspectos.
2. Controlar a los alumnos del grupo para permanecer en el sitio correspondiente a las actividades desarrolladas.
3. Solicitar comedidamente la colaboración de sus compañeros para lograr el efectivo cumplimiento de sus funciones y la buena marcha del curso.
4. Reportar al director de grupo y a los profesores la ausencia de sus compañeros.
5. Fomentar los buenos modales entre sus compañeros y evitar comentarios y actitudes que lesionen a la persona, para pretender una educación integral.
6. Llevar la vocería de sus compañeros ante el director de grupo, profesores, comités y representantes de los estudiantes.
7. Representar a su grupo en el consejo de estudiantes.
8. Si el representante de los estudiantes no cumple con sus funciones o tiene comportamientos inadecuados, será relevado del cargo a través del consejo de estudiantes.
9. Si se trata del personero, será relevado del cargo a través del consejo de estudiantes, previo plebiscito en cada grado.
10. Si se trata de los representantes de grupo, serán relevados del cargo, previo acuerdo de los compañeros del respectivo grado.
15.18. FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES:
1. Representar a los alumnos ante el consejo directivo, asistiendo puntualmente a las reuniones y rindiendo informe de las mismas a los estudiantes.
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2. Presentar al consejo directivo incentivos para beneficio de los compañeros y la institución en los aspectos relacionados con:
-Manual de normas de convivencia.
-Organización de las actividades curriculares.
-Fomento y práctica de los valores humanos.
-Relaciones interpersonales.
-Organización y funcionamiento del consejo estudiantil.
-Mantenimiento y cuidado de la planta física.
15.19. PROHIBICIONES DE LOS EDUCADORES (Art.42. Dec. 1272 del 19-06-2002)
1. Abandonar o suspender sus labores durante la jornada de trabajo sin justa causa o sin autorización previa del rector.
2. Realizar propaganda o proselitismo político o religioso dentro de la institución.
3. Portar arma de cualquier clase durante el desempeño de sus labores o dentro de la institución, o durante actividades extraclases.
4. Aplicar a los alumnos cualquier forma de maltrato físico o psíquico que atente contra su dignidad, su integridad personal o el desarrollo de su personalidad.
5. Coartar el derecho de libre asociación de los demás educadores o estudiantes.
6. Utilizar la institución para actividades ilícitas o no propias de la enseñanza, o para vivienda sin la autorización correspondiente.
7. Realizar actividades ajenas a sus funciones docentes en la jornada de trabajo.
8. Asistir al lugar de trabajo en estado de embriaguez o bajo el influjo de drogas narcóticas o estupefacientes.
9. Atentar o incitar a otros a atentar contra los bienes del establecimiento o bienes públicos o hacer uso indebido de las propiedades o haberes de la institución o del estado puesto bajo responsabilidad.
10. Desempeñar simultáneamente más de un empleo público o recibir más de una asignación que provenga del tesorero público.
11. Realizar o ejecutar con sus educandos acciones o conductas que atenten contra la libertad y el pudor sexual de los mismos, o acosar sexualmente a sus alumnos.
12. Manipular alumnos o padres de familia para obtener apoyo en causas personales o exclusivas de los docentes.
13. Ser elegido en un cargo de representación popular, a menos que haya renunciado al cargo docente o directivo con seis (6) meses de antelación a la elección respectiva.
14. Utilizar la evaluación de los alumnos para buscar provecho personal o de terceros.
15. Fumar dentro de la institución educativa o cuando se realicen actividades con los alumnos fuera de las instalaciones.
16. COMITÉ DE CONVIVENCIA, PAZ Y NO VIOLENCIA
Integrantes
-Un representante de la asociación de padres de familia.
-Un representante del consejo de padres.
-Personero estudiantil
-2 docentes, uno de secundaria y otro de primaria.
- Sicólogo
El comité podrá invitar con voz y sin voto las siguientes personas:
El rector
El coordinador
El representante de grupo y el director de grupo.
El y o los profesores implicados.
El acudiente.
El estudiante implicado.
FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA, PAZ Y NO VIOLENCIA.
1. Analizar casos de disciplina que sean de su competencia.
2. Recomendar mecanismos pertinentes para los casos disciplinarios.
3. Realizar trabajo investigativo, buscando acercarse a la realidad de los estudiantes, para tener un referente.
4. llevar registros de los casos estudiados.
5. Asesor a padres, estudiantes y docentes.
6. Recomendar mecanismos que conduzcan a la institución a una buena convivencia escolar.
7. Acompañar a los estudiantes en las dificultades en los casos disciplinarios graves.
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8. Reportar las recomendaciones a las respectivas instancias (personería, comisaria de familia, La Revin).
9. Darse su propio reglamento.
10. Las Demás que el comité en su momento considere que ayuden al mejoramiento de la convivencia, la paz y no violencia y que no riñan con las normas educativas de la institución.
GLOSARIO
DERECHO. Debemos entender como tal: la facultad que tiene el individuo para desenvolverse socialmente. Es el conjunto de acuerdos y criterios que permiten a la comunidad y al individuo el pleno desarrollo de sus facultades y el crecimiento personal a través de las relaciones establecidas a lo largo de la vida. Todo derecho implica un deber con el otro y con la comunidad.
DEBER. Es el conjunto de pautas, obligaciones y responsabilidades que todo individuo debe cumplir en el ámbito familiar, comunitario y social, para la continua búsqueda de la sana convivencia con el entorno social y con los individuos que lo rodean.
FALTA. Debemos entender el tipo de conducta o conductas, que en determinado momento, causan perturbación o daño a las personas y elementos que hacen parte de la Institución Educativa.
FALTA LEVE: Se entiende por falta leve todas aquellas actitudes que impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas. Se denominan así porque son prácticas que no contribuyen al mantenimiento del orden colectivo y dificultan el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto hacia cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa y la comunidad en general.
FALTA GRAVE: Se entiende por falta grave aquel tipo de conducta o comportamiento que atentan contra los principios institucionales, perturbando el normal desarrollo de las actividades y que afectan gravemente las normas disciplinarias de carácter general y particular de la Institución Educativa.
FALTA GRAVÍSIMA: Se entiende por falta gravísima toda conducta o actitud que lesiona en gran medida los valores individuales y colectivos de la Institución Educativa, así como aquellas conductas que son consideradas como delitos en la Legislación Penal Colombiana.
SANCIÓN: Es la reacción del ordenamiento frente al comportamiento de una persona, que se manifiesta en una consecuencia positiva o negativa según la valoración ética, moral o jurídica de una conducta.
FALTAS ACADÉMICAS: Son aquellos tipos de conducta o comportamiento de orden particular, producto de las dificultades en el aprendizaje o en la motivación frente a este, que entorpecen el desarrollo intelectual del estudiante, sin que afecten el trabajo colectivo o el ambiente escolar.
FALTAS A LA DISCIPLINA: Son aquellos comportamientos o conductas que atentan contra el ambiente escolar, deterioran las condiciones de tranquilidad y orden que se requieren para llevar a cabo una actividad académica, y estropean la convivencia dentro de la institución.
ATENUANTE: Son las circunstancias que aminoran la aplicación de la pena o sanción y que pueden considerarse como el menor grado de la responsabilidad del imputado, las conductas y circunstancias atenuantes pueden ser entre otras: Confesión de la falta; Haber actuado inducido o presionado por un tercero; cometer la falta en estado de alteración emocional o psicológica, etc.
AGRAVANTE: Son las circunstancia que aumentan en rigor en la aplicación de la pena y aumentan el grado de responsabilidad en la ejecución del hecho, esas circunstancias son entre otras: Ser reincidente; rehuir la responsabilidad o atribuirla a otro; cometer la falta aprovechando la confianza deposita en él por la víctima; cometer la falta con alevosía, premeditación, o en complicidad con otra persona, etc.
DEBIDO PROCESO: es un conjunto de garantías que protegen las personas, a efectos de asegurar durante el mismo una pronta y debida justicia.
NIVELACIÓN: Colocar al estudiante en igualdad de condiciones académicas al iniciar el año. Es cubrir una temática no vista.
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REFUERZO: Mecanizar temáticas que ofrecen dificultades. Debe hacerse apoyo permanente y especialmente al finalizar cada periodo académico.
RECUPERACIÓN: Obtener los logros que fueron insuficientes en una (1) o dos (2) áreas académicas en todos los grados.
ALEVOSÍA: Cautela para asegurar la comisión de un delito contra las personas, sin riesgo para el delincuente.
ACCIÓN DIRECTA NO VIOLENTA: Es cada observación escrita que el docente realiza con el estudiante que infringe las faltas leves del manual de convivencia teniendo en cuenta el siguiente proceso.
MISIÓN
 
Formar humana e integralmente a los educandos, promoviendo sus valores dentro de la sociedad a partir de una educación inclusiva, convirtiéndolos en actores de su propio desarrollo, para que sean ciudadanos que asuman una actitud crítica y comprometida ante la sociedad, articulando escuela y vida, bajo la orientación académica.
VISIÓN
 
En el año 2015 La Institución Educativa Lorenzo Yalí, estará integrada al progreso del nordeste Antioqueño, formando ciudadanos íntegros, incluyentes y prolíferos en valores éticos y morales, que lidere proyectos en pro del desarrollo, buscando soluciones a las necesidades de la institución para beneficio de la comunidad y la sociedad, bajo el lema Ciencia, Unión y Trabajo.

FILOSOFIA
 
Una institución educativa comprometida con el bienestar de nuestra comunidad, en la cual se forman personas líderes, competentes y creativas que pretendan contribuir al mejoramiento de la realidad nacional.
VALORES
 
El respeto, la solidaridad, compromiso, unidad, puntualidad, honestidad, honradez, patriotismo, participación, liderazgo, cooperación.
PRINCIPIOS INSTITUCIONALES
 
•La sana convivencia.
•Mejorar la calidad del servicio y facilitar los procesos de enseñanza en la formación de los educandos.
• Formar en la autenticidad para la calidad humana.
•Conservar y actualizar los canales directivos de la comunicación.
•Crear espacios para la cultura y el buen uso del tiempo libre.
•Orientar el proceso de enseñanza aprendizaje a través de planes de estudio y proyectos pedagógicos pertinentes.
 
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